Saltar al contenido

¿Cuándo fue obligatorio el cinturón de seguridad en España?

La utilización del cinturón de seguridad es obligación en España desde 1975 para los asientos delanteros y desde 1992 para los traseros. Su no utilización es una infracción grave sancionable con una multa de 200 € y la pérdida de 3 puntos del permiso de conducción si eres el conductor.

En el momento en que pensamos en la seguridad de los automóviles, uno no puede parar de pensar en la gigantesca gama de elementos de seguridad activa con los que está pertrechado un automóvil moderno. El ESP (Electronic Stability Control) es solo la punta del iceberg: los sistemas de observación de cambio de carril, el frenado automático en el caso de un obstáculo imprevisto en la carretera o el control de crucero son solo tres ejemplos que detallan hasta dónde ha adelantado la tecnología. La tecnología y la proporción de vidas que se tienen la posibilidad de socorrer con unos circuitos «sencillos». Pero nos estaríamos olvidando del sistema de seguridad mucho más eficiente de la historia: el cinturón de seguridad.

Tres puntos, mucho más exactamente. Un proyecto que ha salvado precisamente un millón de vidas desde su creación. Es el número mencionado en múltiples fuentes, pero sabiendo que la flota mundial de hoy es de en torno a 1200 millones de automóviles, ese número podría ser considerablemente mayor. Quiero poner mi mano en el fuego de ahí que. Hoy en dia, ajustarse el cinturón de seguridad es un ademán automático al subir a un automóvil -por norma general-, pero hubo un tiempo en que ningún vehículo lo tenía de serie. En España su empleo se realizó obligación recién en el no lejanísimo 1975, y los usuarios de los asientos traseros no debieron abrocharlo hasta el año de las Olimpiadas de Barcelona. Un proyecto tan simple como excelente, y que vale la pena comprender sobre su invención y datos.

Multas por no llevar puesto el cinturón de seguridad o sistemas homologados para pequeños

  • Se considera infracción grave el no llevar puesto el cinturón de seguridad o los pequeños que viajen sin los sistemas correctamente homologados. Se sanciona con multa de 200 euros y pérdida de 4 puntos del carnet (desde 2021)
  • En la situacion de reincidentes son 260 euros mucho más los 4 puntos (desde 2021) . Más allá de que se repita tres ocasiones, puede sospechar prisión para el padre o tutor del menor.

Siete datos de cinturones de seguridad

orígenes. El cinturón de seguridad se usó en los aeroplanos en la década de 1930 y Ford fue la primera marca en instalarlo en sus vehículos. Era 1956 y los cinturones de seguridad eran de 2 puntos. Tres años después, un ingeniero de Volvo desarrolló el cinturón de seguridad de tres puntos, que se generalizó en los turismos en el momento en que la marca lanzó la patente. En España son obligatorios en vías interurbanas desde 1974 (delanteros) y en cualquier caso desde 1992 (asientos traseros incluidos).

Las causas para tomar. Según la Dirección General de Transportes (DGT), llevar puesto el cinturón de seguridad disminuye a la mitad el peligro de muerte en el caso de colisión. En un choque seco, cualquier cosa en el compartimiento de usuarios sale despedida a exactamente la misma agilidad que viajaba el vehículo. A 50 km/h, un individuo que pesa 70 kg tiene una fuerza de encontronazo de sobra de 3500 kg. A 80 km/h, los usuarios traseros son lanzados contra los usuarios delanteros con una fuerza semejante al encontronazo de una pelota de 1.200 kg a diez km/h.

¿Cuándo no es obligación el cinturón de seguridad en España?

El Código General de Circulación establece que hay ciertas ocasiones que justifican no llevar puesto el cinturón de seguridad en localidad:

  1. En el momento en que debes efectuar una maniobra en la vía que necesita que precises para ofrecer marcha atrás o estacionar el vehículo, puedes quitártelo. No obstante, los propios ayudantes a la conducción, como cámaras y sensores, han cuestionado la necesidad de esta exención, pero por el momento prosigue vigente.
  2. Quienes dispongan de certificado oficial de invalidez o fundamento médico grave. El certificado emitido por una autoridad competente de un estado de la Unión Europea es válido en España. Evidentemente, debe tener su traducción oficial.
  3. Los taxistas que estén de servicio en las calles del centro de la región están exentos de la obligación de utilizar el cinturón de seguridad. Además de esto, la gente de menos de 1,35 metros de altura tienen la posibilidad de viajar sin sistema de retención homologado y tienen que sentarse sobre el taburete trasero. Esta salvedad no se aplica si el taxi circula por autopistas, autovías o rutas comúnes.
  4. Otra de las salvedades mucho más comunes a revisar son los transportistas. Puede prescindir del empleo de cinturones de seguridad para distintas tareas de carga y descarga en un espacio achicado.
  5. Conductores y usuarios de automóviles en el servicio de salvamento.
  6. Cualquier persona que acompañe a un conductor principiante mientras que aprende a conducir no debe emplear el cinturón de seguridad. Asimismo tienen la posibilidad de abstenerse de emplearlo a lo largo de las pruebas de aptitud y mientras que conducen el automóvil. Una salvedad son los instructores de manejo y los examinadores a tiempo parcial.
  7. La última salvedad en España se aplica a los usuarios parado en un autobús correctamente matriculado. Asimismo se considera para el vehículo no pertrechado con este sistema de seguridad.

– Todos y cada uno de los conductores al ofrecer marcha atrás o aparcar su automóvil.

Ojo por el hecho de que este certificado, citando la normativa, «ha de ser anunciado a solicitud de cualquier gerente de la autoridad de tráfico». Además de esto, asimismo establece que cualquier certificado de este género expedido por la autoridad competente de un Estado integrante de la UE es válido en España…si va acompañado de su traducción oficial.

  • A/ Taxista de turno.
  • B/ Los mercaderes de mercancías en el momento en que “efectúen operaciones sucesivas de carga y descarga de mercancías en sitios próximos entre sí”.
  • C/ Conductores y ocupantes de automóviles en servicios de urgencia.
  • D/ Personas que acompañan a un alumno «a lo largo de la capacitación de conductores o pruebas de aptitud y son causantes de las comprobaciones auxiliares del vehículo», que son causantes de la seguridad vial.

Descubre más contenido interesante: