No debes declarar la ganancia familiar del cambio de vivienda frecuente onerosa o rentable si eres un individuo mayor de 65 años o un individuo en situación de dependencia. Por consiguiente, no es requisito utilizar el IRPF.
Reforma legislativa
La reforma tributaria incorporada por el gobierno en 2021 a través del Decreto Legislativo del diez de noviembre del mismo año cambió la manera en que se calculan las ganancias de capital. Esta reforma suprimió la manera previo de calcular este impuesto y también ingresó una sucesión de nuevos factores. Por ende, este impuesto grava una venta de recursos inmuebles por la que el vendedor de la vivienda ha de ser responsable.
Este cambio en el cálculo de impuestos es una buena nueva para impositores y concejales. En comparación con el cálculo previo, este nuevo cálculo disminuye el monto del impuesto a abonar y garantiza que los ayuntamientos reciban el monto del impuesto y no padezcan ninguna pérdida de servicios públicos.
¿Qué conjuntos de personas están exentos del impuesto sobre la renta?
- Mayor de 65 años. Este conjunto de población va a poder eximirse del pago del impuesto sobre la renta sin la necesidad de justificar la reinversión de las utilidades de la novedosa vivienda. En caso de que haya mucho más de un dueño y solo uno haya cumplido los 65 años, la exención solo se aplica a la una parte de la vivienda pertinente. Otro caso frecuente en este conjunto demográfico es que la vivienda vendida no sea de empleo frecuente, en tal caso y para no abonar el IRPF, se va a deber volver a invertir en una renta de por vida. (Importe máximo 240.000€. Período máximo seis meses).
- Personas con adicciones severas. Este colectivo está amparado por la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia y está exento del pago del IRPF.
¿Qué impuestos se desarrollan al vender una propiedad?
En el momento en que decides vender una vivienda, todas y cada una de las gestiones se ponen en alarma. Y sucede que la compraventa de casas está gravada con impuestos de diferente tipo. El IRPF a nivel estatal y el IIVTNU o plusvalías a nivel local.
Uno de los más importantes impuestos por vender una casa es el IRPF o (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). En la cuenta de pérdidas y ganancias de la gente físicas hay que registrar la ganancia o pérdida de capital por la venta de un inmueble. O lo que es exactamente lo mismo, el resultado de restar el valor de compra al valor de venta de la vivienda. Si ganó dinero con la transacción, la ganancia debe gravarse como ganancias de capital con el impuesto sobre la renta.
¿Cuánto abonan los usuarios y comerciantes de vivienda?
Tanto el cliente como el vendedor de una propiedad abonan costos y también impuestos aparte del precio de compra.
El vendedor particularmente tiene la posibilidad de tener que abonar esenciales impuestos al vender una casa en Cataluña. No obstante, estos dependen de las ganancias de capital. Asimismo existen muchas exenciones y reducciones (ver mucho más abajo) e inclusive hay ocasiones en las que el vendedor no paga impuestos al vender una vivienda.
IBI
Los dueños tienen que abonar el IBI. Es un impuesto municipal que paga el dueño del inmueble el 1 de enero de todos los años. Esto es, si la compraventa se formaliza el 3 de enero, el IBI de ese año lo va a pagar el vendedor.
En el momento de efectuar una compra, es bastante frecuente que cliente y vendedor se pongan en concordancia para fraccionar el pago del IBI por fecha de compra. El Tribunal Supremo, en la sentencia 409/2016, de 15 de junio, ha señalado que es viable fraccionar el IBI a fin de que usuarios y comerciantes paguen la parte que les convenga dependiendo del tiempo que hayan tenido el inmueble ese año.
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