Al vender una casa heredada hay que abonar un par de veces la plusvalía. Y sucede que el pago te es conveniente tanto como heredero como como vendedor.
No debes abonar plusvalías municipales en suelo rústico
Si has heredado una vivienda rural que no está en casco urbano, no debes abonar este impuesto. Como su nombre señala, este impuesto grava las ubicaciones de carácter urbano. Se aplica a los terrenos municipales, casas, locales, garajes, etcétera. En consecuencia, este impuesto no se debe abonar en fincas que no tengan la cuenta de municipales. Pero ojo, fíjate bien en la clasificación del inmueble, no va a ser que deberás pagarlo y no te diste cuenta.
Sí, debes pagarlo si heredaste. Si recibes una propiedad en herencia, aparece la duda de quién paga las ganancias patrimoniales de una herencia. Bueno, tú eres el que está obligado a abonar por este motivo. Esto asimismo se aplica a una donación. Esto es, si lo recibiste por obsequio y no por herencia, asimismo tienes que pagarlo.
Plazos para el pago del impuesto municipal sobre plusvalías
Los plazos difieren dependiendo de la localización del inmueble y del municipio donde se halle. En Inter-vivos, el período de pago es de 30 días naturales desde el contrato de compra. En el momento en que charlamos de herencia mortis causa el período es de seis meses prorrogables por otros seis meses pero siempre y cuando la prórroga se pida en el período inicial de seis meses.
Si tiene alguna duda o precisa asistencia con relación a las plusvalías municipales, no dude en contactar con nosotros. En Banker & House tenemos un equipo profesional para orientarte.
¿Quién debe abonar el impuesto de sucesiones?
En el momento en que se transmite o se hereda un inmueble municipal, el heredero debe hacerse cargo del coste de este impuesto. Esto asimismo se aplica en la situacion de una donación. Por consiguiente, el obligado al pago del impuesto frente al municipio donde está el inmueble es quien lo recibe, o sea, el donatario.
En el momento en que se vende el inmueble heredado, la plusvalía municipal se abona un par de veces: la primera como heredero y la segunda como vendedor.
¿Quién está obligado a abonar?
El obligado al pago de la plusvalía municipal es el receptor del inmueble.
En el caso de herencia: El heredero o legatario de los recursos municipales está obligado al pago de este impuesto.
¿Quién paga las plusvalías municipales?
La Plusvalía Municipal es un impuesto local colectado por los ayuntamientos. Este impuesto lo paga el vendedor de la propiedad. En ciertos casos, asimismo puede ser comprado por el cliente si las dos partes de esta forma lo deciden.
Pero hay una salvedad, quien paga las plusvalías municipales. Si la persona que transmite la vivienda no es habitante en España, el cliente deberá abonar el impuesto.
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