Para lograr continuar cotizando sin trabajar, el trabajador debe abonar una factura por mes, escogiendo el monto a abonar dependiendo de la base de cálculo que desee dar para saber el monto de la pensión. Por poner un ejemplo, sobre una base de 1.000 euros por mes, la cuota sería de 266,02 euros.
Bases de cotización
Para entender la cantidad por mes que debe abonar a la seguridad popular, el trabajador debe saber la base de cotización sobre la que se marcha a llevar a cabo el convenio colectivo.
Esta base establece la cuantía de la futura pensión, con lo que es primordial escoger una base que sepamos que tenemos la posibilidad de abonar y que paralelamente nos deje recibir una pensión correcta.
Salario bárbaro vs salario neto
Salario salvaje o neto es el valor total por usado, antes de inferir impuestos retenidos y contribuciones a la seguridad popular, que debe verse separadamente en una nómina; y el salario neto es el dinero que ocasionalmente recibe el trabajador en su cuenta.
Al pasar de salario salvaje a salario neto, hay que descontar la seguridad popular pagada por el trabajador y la deducción del IRPF. La Seguridad Popular tiene presente las cotizaciones a la seguridad popular del trabajador, pero asimismo la cotización por contingencias en general, capacitación y desempleo.
Requisitos para entrar a un convenio particular en temas de cotizaciones no laborales
La Seguridad Popular define sus convenios particulares como los que de forma voluntaria suscriben los trabajadores con la Caja de Seguro Popular para entablar, sostener o agrandar el derecho a las posibilidades de la seguridad popular y la obligación de abonar las cuotas que corresponden a costa suya.
- Trabajadores que abandonan el sistema de seguridad popular al que estaban adscritos y no tienen la posibilidad de acogerse a ningún otro.
- Trabajadores por cuenta extraña y por cuenta propia sujetos a cotizaciones a la seguridad popular que tengan 65 años o mucho más y hayan cotizado por lo menos 35 años.
- Personas con múltiples usados o personas con múltiples cargos laborales que cesan en uno por cuenta propia o extraña.
- Trabajadores que comienzan un nuevo trabajo, así sea por cuenta propia o por cuenta extraña, cuyo salario supone una base de cotización inferior a la media de 12 meses con relación a el trabajo rápidamente previo.
- Los pensionistas en situación de incapacidad persistente total para su ocupación frecuente, que hayan estado haciendo un trabajo tras la entrada en vigor de este ámbito, hayan sido incluidos en una regulación del sistema de seguridad popular y se hallen en entre los ocasiones previstas por la compañía para pactos particulares.
- La gente desempleadas que perciban posibilidades o subsidios por desempleo por esta razón tienen la posibilidad de subscribir un convenio particular si dejan de sentir estas posibilidades. Los desempleados que perciben una prestación no tienen la posibilidad de pedir un convenio particular mientras que la estén percibiendo.
- Pensionistas declarados capaces para el trabajo o relativamente inválidos, tal como personas con incapacidad persistente o pensionistas cuya pensión sea cancelada por sentencia estable.
- Trabajadores a los que se les niega la pensión y fueron dados de baja de la seguridad popular al reclamar esa pensión.
Qué cubren las cotizaciones de este convenio particular
La cotización a la seguridad popular por esta regla establecida cubre la pensión de vejez, si bien no es la única. Asimismo se usa para ayudar a los resultados positivos de invalidez persistente, muerte y supervivencia. Pero solo los que resulten de una patología común y de un incidente no laboral.
Por contra, el pago de la cuota de este régimen particular no se aplica a otro género de posibilidades de la Seguridad Popular, como las posibilidades de la Seguridad Popular. B. Prestación por desempleo usada.
¿Qué base de cotización puedo escoger?
La primera cosa que tienes que rememorar es que no puedes seleccionar libremente el importe de la base de cotización. Pues es dependiente de los aportes que hiciste antes de firmar el contrato.
Según la ley, puedes escoger una de estas elecciones:
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