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¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por vender una casa?

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Es del 12% sobre la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta.

Gastos del vendedor

  • IRPF

La primera cosa que debe estimar como vendedor es abonar el impuesto sobre la renta Activos si el la venta es mayor que el valor de compra. Esta cantidad está sosten a impuestos en el estado de desenlaces del año en que se vende la propiedad. En el momento de calcular el impuesto sobre la renta, hay que tomar en consideración los modelos impositivos que cambian dependiendo de la ganancia:

¿Qué debo abonar en el momento en que vendo un piso?

Si vendes una propiedad en Cataluña por mucho más del precio de compra, deberás abonar el IRPF por la plusvalía.

La herramienta debe reportarse en el estado de desenlaces de forma anual y liquidarse entre el 30 de enero y el 30 de junio del año siguiente. La cuantía precisa del IRPF a abonar por la venta de un inmueble en Cataluña es dependiente de nuestra ampliación de capital y una vez deducidos los costos que ello suponga.

Exención fiscal por reinversión de vivienda frecuente

Este mecanismo te deja no abonar impuestos si vendes tu vivienda frecuente y usas el dinero para obtener una exclusiva en el período de un par de años. Te lo contamos aquí y hay que tener en consideración que tras la última sentencia del Tribunal Supremo se han flexibilizado los criterios.

Asimismo puedes eludir impuestos por la venta de la vivienda si tienes mucho más de 65 años y vendes tu vivienda frecuente o usas ese dinero para constituir una renta de por vida.

¿Cuánto paga de impuesto sobre la renta?

Como hemos dicho antes, el dinero que se consigue vendiendo una vivienda se considera una plusvalía. Por consiguiente, el IRPF paga a un tipo progresivo que va del 19% al 23% en función de los capital totales. De esta forma se distribuyen las tasas impositivas.

  • Si el beneficio de la venta es igual o inferior a 6.000€ se va a aplicar el 19%.
  • Si el producto de la venta está entre 6.000€ y 50.000€, el tipo impositivo aplicado es del 21%.
  • Si el importe de la venta sobrepasa los 50.000 €, se abonará el 23%.

¿Qué ocurre si vendo mi vivienda frecuente para obtener otra?

En el caso de venta de nuestro hogar frecuente, i. h de uno que represente la vivienda por un periodo ininterrumpido de cuando menos tres años, en general tenemos la posibilidad de estar exentos si reinvertimos en otro que represente nuestro nuevo hogar, o la parte prorrateada si no se reinvierte todo.

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