Puedes preguntar tus aportes previsionales en «Mi ANSES» > «Trabajo» > «Historial Laboral» entrando tu clave de seguridad popular. Puedes comprender cuántos años de aportes tienes registrado en ANSES en «Mi ANSES» > «Trabajo» > «Historial Laboral» entrando tu clave de seguro popular.
Condiciones para pedir la jubilación adelantada
La Seguridad Popular pide una secuencia de condiciones para pedir la jubilación adelantada:
- El trabajador debe tener por lo menos 33 años de cotización con lo que 15 van a deber ser amontonados en los 15 años precedentes a la petición. Para el ámbito agropecuario y asalariados, el requisito es que seis de los últimos diez años hayan cotizado.
- El desempleado va a deber acreditar que transporta registrado como demandante de empleo cuando menos seis meses desde el despido.
- Que el despido haya sido provocado por una “reorganización empresarial” en las próximas categorías:
- despidos colectivos y materiales por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
- extinción del contrato por causa a resoluciones judiciales o por fuerza mayor
- extinción del contrato por muerte, invalidez o jubilación del empresario individual
cálculo de la pensión del empleador
ACTIVO INDIVIDUAL conformado por los próximos conceptos:
a) Por el fondo de reserva al que tiene derecho el trabajador, b) Por un importe semejante al 5% del salario medio de forma anual de los últimos cinco años multiplicados por los años de servicio.
La base legal y la jubilación
Para calcular la pensión hay que tener en consideración las bases de cotización a la seguridad popular en los años precedentes a la jubilación.
Para recibir el cien% de pensión hasta 2027, los años de cotización requeridos incrementan en tres meses por de año en año trabajado a 38 años y seis meses. En la próxima tabla puede ver de qué forma incrementa el periodo.
Pensión de vejez
Los hombres mayores de 66 años y las mujeres mayores de 65 años están en su derecho a una pensión de vejez. Tiene por lo menos 20 años de servicio como usado.
La relación laboral se extingue el primero de los días del mes siguiente a la edad mínima. De no ser de esta forma, el periodo de trabajo concluye un mes una vez que se hayan recogido y cumplido los requisitos.
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