Aparte de la multa, sobrepasar el límite de agilidad asimismo acarrea la pérdida de puntos en el carnet de conducir (entre 2 y 6 puntos según el límite de agilidad cometido).
Revisar de manera eficaz que los conductores respetan los límites de agilidad todavía es entre las máximas preferencias de la Dirección General de Transportes (DGT). Y sucede que los excesos relacionados con el pedal del acelerador, adjuntado con las dispesiones al volante, son los causantes de la enorme mayoría de las muertes que desgraciadamente se registran de año en año en nuestra geografía. Para terminar a esta situación, la instalación que dirige Pere Navarro tiene un extenso equipo de control y supervisión formado durante más de 2.000 radares desplegados en las rutas españolas.
Como ahora les hemos informado en múltiples oportunidades, la sanción formulada por infringir el límite de agilidad puede sospechar aun la pérdida de múltiples puntos del carnet de conducir, en dependencia de la gravedad de la infracción. Además de esto, hay multas económicas de cien a 600 euros. Solo en 2020, los cinemómetros de la DGT presentaron prácticamente 2,5 millones de demandas.
4 puntos
- Conducir con una graduación alcohólica entre 0,25 y 0,50 mg por litro de aire respirable. Para jóvenes expertos y conductores (inferiores de un par de años), el límite está entre 0,15 y 0,30 mg/l. >> Multa: 500 euros
- Inobservancia del derecho de paso legal y parada en las señales de stop, derecho de paso y semáforo en colorado. >> Multa: 200 euros
- Incumplimiento de las disposiciones legales sobre adelantamiento, riesgo u obstrucción de conductores en sentido opuesto y adelantamiento en sitios o situaciones de visibilidad limitada. >> Multa: 200 euros
- Desobedecer las señales u órdenes de la autoridad encargada de la regulación, orden, administración, supervisión y especialidad del tráfico o de sus agentes. >> Multa: 200 euros
- No sostener la distancia de seguridad con el vehículo antecedente. >> Multa: 200 euros
- No empleo o empleo indebido de cinturones de seguridad, sistemas de retención infantil, cascos y demás elementos de protección obligatorios. >> Multa: 200 euros
- Conducir un vehículo con permiso o carnet de conducir que no lo autorice. >> Multa: 500 euros
- Conducir un vehículo con permiso de conducir anulado o prohibición de empleo del vehículo conducido. >> Multa: 500 euros
- Circulación marcha atrás en autopistas y autovías. >> Multa: 200 euros
- Giro transgrediendo las disposiciones legales. >> Multa: 200 euros
- Conducir usando cascos o auriculares u otros gadgets que reduzcan la atención incesante del conductor a lo largo de la conducción, o sosteniendo el móvil inteligente entre el casco y la cabeza a lo largo de la conducción. Asimismo se penaliza con tres puntos la utilización manual del navegador o del móvil (a menos que se lleve en la mano, en tal caso es una penalización de seis puntos). >> Multa: 200 euros
- Conducir automóviles con radar o mecanismos cinemáticos de detección. >> Multa: 200 euros
Hasta 6 puntos y suspensión del permiso de conducir
Si se sobrepasa el límite de agilidad en mucho más de 60 km/h en vías del centro de la región o en mucho más a 80 km/h aun se puede cometer un delito contra la seguridad vial en las vías interurbanas. En estas situaciones extremos, se anula el permiso de 1 a 4 años y prisión de 3 a 6 meses. Para los mucho más agraciados, la sanción se queda en una multa día tras día pagadera por un periodo de 6 a 12 meses, o servicio comunitario por 31 a 90 días.
Las infracciones mucho más graves
Las infracciones mucho más graves que causan la mayor pérdida de puntos (6 es el máximo que tenemos la posibilidad de perder si cometemos una infracción) son las próximas:
- Conducir con una graduación alcohólica mayor a 0,50 (si eres profesional o conductor con menos de un par de años de experiencia, la tasa se disminuye a 0,30).
- Conducir bajo los efectos de las drogas.
- Negativa a efectuar una inspección.
- Exceso de agilidad grave.
Las multas por conducir bastante veloz asimismo tienen la posibilidad de tener como resultado la retirada del permiso de conducir y la pena de prisión
Sobrepasar la agilidad de 60 km/h en localidad o de 80 km/h en áreas despobladas es un delito punible según el § 379 StGB. Se sanciona con prisión de 3 a 6 meses y/o servicio comunitario de 31 a 90 días.
Además de esto, la sanción por exceso de agilidad piensa la suspensión del permiso de conducción, tanto de automóviles a motor como de ciclomotores, por un período de entre 1 y 4 años, así como señala la sentencia. La licencia de conducir debe presentarse al tribunal y la persona no puede conducir en el límite de tiempo predeterminado en la sentencia.
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