En el caso de fallecimiento del prestatario, comunicarlo a la entidad bancaria pertinente, aportando original del certificado de defunción y número de contrato o tarjeta de crédito pertinente.
Documentación Requerida
Al fallecer, es requisito catalogar la próxima documentación que va a ser usada para todos y cada uno de los trámites que tienen que continuar los herederos.
Un médico es quien expide el certificado médico de defunción una vez ocurrido el fallecimiento. Se muestra en el registro civil del rincón de vivienda en las 24 h siguientes al fallecimiento, adjuntado con el dni o pasaporte y un formulario oficial.
¿De qué manera administrar la herencia en el banco en el caso de fallecimiento de entre los herederos?
El cambio de titularidad de una cuenta corriente en el caso de fallecimiento debe gestionarse de manera diferente según las situaciones. Si bien de manera frecuente se escucha que el dinero de la cuenta es del banco, no es de esta manera: si no se administra, el banco aún puede cobrar comisiones y recibos que entonces se transforman en deuda del copropietario/o herederos.
De todos modos, tras la desaparición, se abre la herencia, después de lo que se tienen que efectuar los próximos pasos:
¿Quién avisa al banco la desaparición de un cuentahabiente?
Cualquier persona puede hacer llegar al banco el fallecimiento de un titular sencillamente presentando el certificado de defunción. Esto da como resultado que el banco retenga el saldo de la cuenta del difunto mientras que espera que se muestren los herederos. Ahora hemos dicho que en la situacion de múltiples sucesos, el banco solo retendrá la parte proporcional que correspondía al causante. Si somos herederos, es conveniente comunicarlo cuanto antes para eludir que otra gente dispongan del saldo pertinente a nuestra herencia. Puede pedir el certificado de defunción y la escritura de testamento usted mismo y online en nuestra página de Trámites.
En la situacion de créditos en cuentas del causante que no hayan sido reclamados por absolutamente nadie, pasados 20 años el dinero se trasferirá al estado o Red social Autónoma del causante, según la normativa vigente. Para mucho más información, solicitud nuestro producto Período para reclamar una herencia.
Si hay cuentas, ¿qué debe realizar primero?
Tan rápido como se entere de la presencia de una cuenta corriente, primero debe avisar al banco que la persona ha fallecido. Para esto es requisito el certificado de defunción, una copia del testamento o, en su defecto, una imitación de la declaración de herederos.
Exactamente los mismos documentos, aparte de los que justifican la aceptación, división y resolución de la herencia, asimismo son precisos para acreditar su condición de heredero, indispensable para cualquier movimiento de la cuenta.
Para conseguir el dinero, los herederos deben acreditar su condición de semejantes. Tienes derecho a ella a lo largo de 20 años.
GABRIELE FERLUGA – MADRID
«Es una historia de historia legendaria urbana». El letrado José María Peyra es tan contundente en el momento en que pone en visión la iniciativa de que tras la desaparición de su dueño, los recursos depositados en una cuenta corriente pararán a manos de la compañía que los creó. No es cierto. El especialista en derecho mercantil, financiero y societario de Sanahuja Miranda acepta que para el banco «no está mal administrar este dinero a lo largo de 20 años». Son los años en los que existen que aguardar con el dinero de las arcas la llegada de un heredero. Y si este tiempo pasó en balde, no sucede lo mismo con el banco: el capital pasa al final y obligatoriamente al tesoro público. Antes que eso ocurra, los familiares del difunto aún tienen que tomar ciertos pasos para liberarse de la cuenta, si están autorizados para llevarlo a cabo.
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- Documentación Requerida
- ¿De qué manera administrar la herencia en el banco en el caso de fallecimiento de entre los herederos?
- ¿Quién avisa al banco la desaparición de un cuentahabiente?
- Si hay cuentas, ¿qué debe realizar primero?
- Para conseguir el dinero, los herederos deben acreditar su condición de semejantes. Tienes derecho a ella a lo largo de 20 años.