Ya que la multa te llega a casa si el agente te solicita los datos y te afirma verbalmente, eso es esencial que te multen. Recordamos asimismo que su importe está entre los 300 y los 1.000 euros.
El Consejo de Ministros ha aprobado últimamente el emprendimiento de ley orgánica de protección de datos de carácter personal en todas y cada una de las funcionalidades similares con la prevención, detección, investigación o persecución de infracciones penales, tal como la protección y prevención contra las amenazas a la seguridad pública. De forma frecuente nos llega peticiones similares con la cesión de datos personales a las fuerzas y cuerpos de seguridad, p. h a la policía o, en su caso, a los jueces y tribunales. Desde la tramitación de este boceto, en las próximas líneas analizaremos exactamente en qué oportunidades y bajo qué situaciones va a estar obligado a trasmitir los datos pedidos por la policía o los jueces; y su base legal.
Primeramente, cabe aclarar que el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) 3 /2018 no se aplican si las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o los jueces y tribunales tratan datos con objetivos de investigación, cuando menos no en un inicio. En estas ocasiones, se aplica la ley final de este emprendimiento, que debe desarrollar la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Sin embargo, esperando de su aprobación determinante, la LOPDGDD dispone (en su predisposición transitoria 4ª) que la Ley Orgánica 15/1999, producto 22, de Protección de Datos de Carácter Personal (regla que, opuestamente a eso que se cree, aún no fué derogada en su integridad) . ), seguir aplicando.
Condiciones para la transmisión de datos personales a observadores de seguridad
Según el Informe Legal 0133/2008 de la Agencia De españa de Protección de Datos, las condiciones a fin de que los observadores de seguridad consigan los datos personales pedidos son:
- que se reconoce adecuadamente que la obtenida de los datos es que se requiere para impedir una amenaza real y grave para la seguridad pública o para reprimir infracciones penales y, tratándose de datos en especial protegidos, son precisos Los datos para los objetivos de una investigación concreta se necesitan incondicionalmente.
- Que hablamos de una petición específica y concreta, puesto que el ejercicio de peticiones masivas de datos es incompatible con lo expuesto previamente.
- Que la solicitud se realice con la justificación adecuada y pruebe su relación con los presuntos revelados.
- Que los datos van a ser eliminados «si no son precisos para las indagaciones que brindaron rincón a su almacenaje».