En lo que se refiere a los costos de notaría y registro, no obstante, la novedosa ley hipotecaria establece que los dos han de ser asumidos por el banco. En consecuencia, por el momento no se distribuyen entre el banco y el cliente, sino el prestatario debe asumirlos.
Registro y Notaría: Sentencia del Tribunal Supremo
Los costos de Notaría y Registro se vieron damnificados por la doctrina establecida por la Salón de lo Civil del Tribunal Supremo. Como consta en las sentencias, la actividad notarial favorece a las dos partes. Consecuentemente, los honorarios del notario tienen que repartirse por igual entre el banco y el cliente.
En lo que se refiere a las tasas de registro, el Tribunal Supremo estimó que el banco debería pagarlas. Según los jueces, esto debe existir sido la situacion en tanto que el banco fue el primordial beneficiario de la certificación notarial del préstamo. No obstante, al cerrar el préstamo, el dueño está mucho más entusiasmado en registrarlo. Por este motivo, el TS estableció que en un caso así el cliente pagaría la integridad de la matrícula por la cancelación. De esta forma, desde ese instante, los costos notariales y registrales se repartían entre el banco y el cliente.
¿De qué forma se dividen los costos de una hipoteca?
Los costos de un préstamo hipotecario que acepta el banco son:
- El notario – cuyos costos vienen ciertos por unos honorarios, tanto en el contrato de hipoteca como en la escritura de compraventa.
- Registro de la propiedad: cuyo valor está preciso por determinadas tarifas tanto en la hipoteca como en el contrato de compra.
- El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Su cuantía es dependiente de la red social autónoma donde se halle el inmueble.
- Gestoría – su objeto es la inscripción de la hipoteca y compraventa, aparte del pago de impuestos y pago de notaría y registro de la propiedad.
- Confirmación de registro o nota fácil – su finalidad es comprender las cuotas de la vivienda y corroborar quién es el dueño, su coste frecuenta rondar los 20€.
Varios de los costos socios a la hipoteca
Antes de entregar la hipoteca se tiene que hacer una tasación de la vivienda hipotecada. La opinión es obligatoria y ha de ser efectuada por un tasador registrado y también anotado en el Banco de España. El propósito es saber el valor real de la propiedad. Estos costos acostumbran a correr al cargo del cliente o prestatario.
En el instante de formalizar el contrato de hipoteca, tienen la posibilidad de existir costos auxiliares: se puede cobrar una comisión de apertura o primas de seguro (del hogar del prestatario o de vida), al cargo del cliente.
Comisión de apertura
La comisión de apertura es una cantidad fija o comunmente un % del total del préstamo o hipoteca que el banco cobra como costos administrativos y administrativos solo una vez en el momento en que tramitamos un préstamo o hipoteca.
En la actualidad hay bancos que dan hipotecas sin cargos de antemano y o sea algo que debe preguntar al pedir un préstamo hipotecario. A veces, los bancos cobran a los clientes del servicio estos costos sin informarles de su vida ni decirles precisamente exactamente en qué consisten. Por este motivo, ¡pertence a los costos hipotecarios que puedes reclamar!
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
Hablamos de entre las cargas mucho más conocidas ahora la vez mucho más discutidas de las hipotecas, el impuesto. En dependencia de la red social autónoma donde estemos situados, el coste puede oscilar entre el 0,5% y el 1,5% de la compromiso hipotecaria. Está al cargo del banco por ley desde noviembre de 2018.
Con la novedosa ley hipotecaria hoy día en vigor, el cliente solo debe hacerse cargo de los costos del peritaje y la copia del certificado. El banco perjudicado está obligado a contemplar el resto de los costos: IAJD, notario, gestoría y registro. Por consiguiente, al coste de nuestra hipoteca hay que añadir:
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