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¿Qué pasa si uno de los hermanos se niega a vender?

Por esta razón, en el momento en que un hermano se niega a vender, se frecuenta comenzar un proceso para vender en subasta pública la vivienda heredada por múltiples hermanos.

Cesión de heredero

Pongamos que Enrique muere dejando 2 hijos, Pedro y Marina, un solo hogar. Pedro desea vender la vivienda pero Marina se enfrenta.

La vivienda es indivisible y por consiguiente se necesita el permiso de los herederos para venderla a un extraño.

De la charla amistosa al juzgado

La primera cosa que tienes que saber es que los recursos inmuebles no son divisibles, con lo que cada dueño puede llevar a cabo lo que le plazca por su lado. Tu primer frente es charlar con la parte contraria. En el momento en que haya fatigado todas y cada una de las medidas de diálogo, no le queda mucho más antídoto que asistir a los tribunales. El procedimiento es forzar una subasta pública. Según el Código Civil (Título III): «Ningún copropietario está obligado a mantenerse en la red social y cada uno puede cualquier ocasión soliciar que se comparta».

Si asiste a los juzgados, logramos un trámite judicial para valorar judicialmente y subastar su casa. Imaginemos que su casa vale 200.000 euros, los 2 familiares que desean vender podrían formar parte en la subasta, pero el que se niega (disidente) no podría formar parte en esta subasta. Llegados a este punto habría 2 opciones:

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Inmobiliaria general, otra forma de ver las situaciones

Vía judicial

Si las vías precedentes no funcionaron, ¿y de qué manera no? ¿Se puede vender una propiedad si un heredero no la desea? el copropietario debe arrancar acciones legales y también comenzar métodos legales para remover la conexión de copropiedad y efectuar una subasta pública. Esta alternativa se deja como última opción puesto que implica una sucesión de costos en el desarrollo que cada heredero debe comprender. Pague tanto por:

  • fiscal.
  • Letrado.
  • Especialista legal.
  • Asesor privado (si lo quiere).

Estas y muchas otras cuestiones las puedes contestar en el libro PROTEGE TU PATRIMONIO (aprieta aquí)

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