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¿Qué pasa si no quiero pagar el IVA?

Si te olvidas de manera voluntaria de abonar el IVA de tus recibos y Hacienda te lo comunica, se te impondrá una multa de hasta el cien% del valor fiscal.

– búsqueda de financiación externa para abonar el impuesto frente a la autoridad fiscal

Es la fórmula mucho más frecuente en una compañía en el momento en que se precisa una cantidad económica en un instante particular para efectuar un pago.

Si tuviese que abonar sueldos o un pago de recursos a un distribuidor, emplearía esta fórmula por el hecho de que no poseemos otra alternativa y deseamos cobrarlo.

Reducciones que se tienen la posibilidad de utilizar a la sanción

Como es frecuente con las sanciones tributarias y multas generalmente, lo que colecta la administración y Hacienda.

Esto da como resultado una sucesión de reducciones que se tienen la posibilidad de utilizar a la sanción para achicar su intensidad.

Sanciones económicas si te avisa la autoridad fiscal

Si se te pasó el período y aún no presentas la declaración del IVA, Hacienda puede comprender que hay un espíritu de engaño por tu parte. Entonces empezará un trámite administrativo para sancionarte.

Se considerará infracción suave si la base a hacer llegar es igual o inferior a 3.000€ o superior y no se quiere obcecar. En un caso así, la multa es del 50% de la cantidad que no ingresaste.

¿Qué ocurre si no declaro el IVA sin una actividad o capital?

Como la cumplimentación del modelo 303 es una obligación formal de los autónomos, si bien el resultado sea negativo o nulo, en el caso de incumplimiento vas a ser sancionado. Debes imaginarte 2 niveles probables:

Que corrijas el fallo de no presentación llenando el Formulario 303 antes que te lo pida el Departamento de Hacienda. En el primer caso, va a deber abonar una multa a tanto alzado de cien euros.

▶ Enseñar el Modelo 390 fuera de período

La sanción por enseñar el Modelo 390 fuera de período es exactamente la misma que la sanción por enseñar IVA negativo o sin actividad fuera de período.

En consecuencia, exactamente la misma con los NIF negativos y sin actividad, conseguimos una reducción del 50% si mostramos la declaración antes que Hacienda la requiera y del 25% si la hacemos una vez que se requiera, reclamar sin presentarla.

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