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¿Cuando te jubilas sigues cotizando a la Seguridad Social?

Exención de cotizaciones a la Seguridad Popular para trabajadores por cuenta propia o extraña desde la edad de jubilación. Como medida para postergar la jubilación, exención del pago de cotizaciones a la seguridad popular para hombres de negocios y trabajadores desde la edad de jubilación (art.

El periodo de tiempo computado para la pensión de los autónomos

El la edad de jubilación es solo entre los elementos de la ecuación, los otros 2 están conformados por los periodos de cotización y la base de cotización, en el primer caso, la ley establece un periodo en el que hay que cobrar por lo menos el cien% de su pensión ( de su base estatutaria usada como testamento de referencia.)

Exactamente la misma en la situacion previo, la reforma establece un período en el que estos plazos pasan de 15 años desde 2013 a 25 años hasta 2027.

Pero, ¿qué sucede si mi contrato a lo largo de mis vacaciones vence?

Como enseñamos en nuestro producto «Si estoy enfermo y mi contrato acaba, ¿quién me paga?», en estas situaciones prosigues pagando. Por consiguiente, de nuevo, tus vacaciones no afectarán a tu jubilación.

Tampoco. Si no se está recuperando mientras que tiene una incapacidad temporal, se explorará la oportunidad de realizar la transición a una incapacidad persistente. Esto necesita que complete todo el periodo de incapacidad temporal o que no va a poder volver como estaba.

¿Prosigo pagando mi pensión si estoy en el paro?

Sí. A lo largo del intérvalo de tiempo de percepción de la prestación por desempleo o cese de la relación laboral, el SEPE prosigue cotizando a la Seguridad Popular por jubilación por cuenta del trabajador. Si se agota el beneficio, se deja de cotizar y quedan lagunas en las cotizaciones, salvo para la gente mayores de 55 años.

Si la prestación por desempleo se toma a tanto alzado a fin de que el trabajador logre comenzar un trabajo o negocio, no se abonan cotizaciones a la Seguridad Popular por jubilación y no se acepta la deducción del IRPF.

Baja por patología o incidente común

A fin de que esta clase de baja tenga derecho a posibilidades económicas, el trabajador debe existir cotizado 180 días en los últimos 5 años.

El trabajador está de baja por patología laboral o profesional y el periodo para sentir la prestación por esta razón empieza al día después. Con este IT, que tiene su origen en las responsabilidades laborales del trabajador, no se pide un periodo mínimo de cotización para recibir las posibilidades.

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